Emitimos informes de certificación de asistencia técnica con la finalidad de cumplir con los requerimientos para su presentación a SUNAT. Correspondería aplicar a las personas jurídicas no domiciliadas la tasa de 15% de retención tributaria (en lugar del 30%), cuando se certifica la efectiva prestación de servicios de asistencia técnica por una sociedad de auditoria.